
La sentencia del caso Godínez Cruz Vs. Honduras emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 20 de enero de 1989. El caso fue presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tras la denuncia de la desaparición forzada de Saúl Godínez Cruz en 1982, imputada a agentes estatales. La Corte abordó las objeciones preliminares de Honduras relativas al no agotamiento de los recursos internos, determinando que estos eran ineficaces dada la existencia de una práctica sistemática de desapariciones tolerada por el Estado. Finalmente, la Corte declaró a Honduras responsable por la violación de los derechos a la libertad personal (Art. 7), a la integridad personal (Art. 5) y a la vida (Art. 4) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ordenando el pago de una justa indemnización a los familiares de la víctima.