
En este episodio de nuestro curso de Derecho Romano, exploramos una de las instituciones más fundamentales del Derecho privado: el contrato. Aunque los juristas romanos no lo definieron expresamente, lo trataron con una profundidad y sistematicidad que ha llegado hasta nuestros días.
🔍 ¿Qué escucharás hoy?
El origen y estructura del contrato como fuente de obligaciones in personam. Analizaremos los elementos esenciales del acuerdo: la capacidad jurídica, el consentimiento libre de vicios (error, violencia, dolo), la licitud del objeto y la causa como fundamento y forma del vínculo.
Las clases de contratos según Gayo:
Reales, como el mutuo o comodato.
Verbales, como la stipulatio.
Literales, como los contratos documentados.
Consensuales, como la compraventa, sociedad, mandato y arrendamiento.
La responsabilidad contractual en Roma, que se construía en torno al:
Dolo, entendido como engaño deliberado y sancionable.
Culpa, es decir, negligencia simple o grave (culpa levis/lata).
Mora, el retraso imputable que, en el caso del deudor, le hacía asumir incluso los daños por fuerza mayor.
La especial responsabilidad por custodia que asumían quienes se beneficiaban de la tenencia de una cosa (como los caupones u hosteleros), incluso sin culpa, salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito.
🌪️ Si el deudor retrasaba su cumplimiento (mora), cualquier desastre posterior (como una tormenta o incendio) no lo eximía de responder. Pero si el daño era imprevisible y él había cumplido en tiempo, podía quedar libre de responsabilidad. Esta distinción entre casus y vis maior se mantiene viva hoy en nuestros códigos civiles.
📚 Una lección fundamental para entender la estructura del contrato moderno y su regulación. Especialmente útil para estudiantes de Derecho, UNED, opositores de judicatura, registros o notaría.
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