En este episodio abordamos aquellas figuras jurídicas que, aunque no forman parte directa de la institución del heredero, fueron fundamentales en la regulación de la sucesión y de la transmisión de patrimonio en Roma. Hablamos de legados, fideicomisos, derecho de acrecer, colaciones, acciones hereditarias, testamento inoficioso y donaciones, con el enfoque técnico y pedagógico que caracteriza esta serie.
🔍 ¿Qué descubrirás en este episodio?
• Las diferencias entre legados y fideicomisos, y cómo Justiniano los equiparó jurídicamente.
• El funcionamiento del ius adcrescendi, cuando una parte vacante de herencia se redistribuye entre los demás herederos.
• Por qué existía la legítima y cómo se protegía a los hijos frente a testamentos injustos.
• Cómo se ejercían las acciones de petición y partición de la herencia.
• Qué papel jugaban las colationes en la justicia entre descendientes.
• En qué casos una donación podía ser revocada, y cuándo se consideraba válida.
• Cómo Roma limitó las donaciones entre cónyuges para proteger los patrimonios matrimoniales.
🎓 Un episodio clave para entender la arquitectura completa del Derecho Sucesorio romano. Ideal para estudiantes, opositores, juristas o amantes del Derecho que quieran comprender el legado técnico de Roma en esta materia.
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En este episodio exploramos en profundidad la institución de la herencia romana, base de nuestro sistema moderno de sucesión. Desde la sucesión mortis causa hasta los mecanismos de aceptación, protección y responsabilidad, este capítulo sintetiza siglos de evolución jurídica con claridad y rigor.
🔍 Temas tratados en este episodio:
• La idea de successio in locum: el heredero entra jurídicamente en el lugar del causante.
• Qué derechos y bienes se transmiten, y cuáles se excluyen.
• Los requisitos para heredar: muerte efectiva, capacidad legal, y protección al nasciturus.
• Diferencias entre hereditas civilis (civil) y bonorum possessio (pretoria), y cómo el pretor otorgó justicia frente a las rigideces del ius civile.
• Formas de aceptar una herencia: solemne (cretio), tácita (pro herede gestio) o por simple voluntad.
• Cómo Roma protegía al heredero frente a herencias perjudiciales:
La satisdatio frente a herederos insolventes.
La separatio bonorum para que los acreedores del causante no compitieran con los del heredero.
El beneficio de inventario: un inventario formal que limitaba la responsabilidad del heredero solo al valor del patrimonio heredado.
🎓 Un episodio imprescindible para estudiantes de Derecho, juristas, opositores y cualquier persona interesada en conocer cómo Roma sentó las bases del derecho sucesorio que aún rige nuestras legislaciones civiles.
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En este episodio exploramos uno de los pilares del Derecho Privado romano: la herencia y el sistema sucesorio mortis causa. Comprender cómo Roma articuló la transmisión de bienes, derechos y deudas tras la muerte del causante es fundamental para entender el Derecho sucesorio moderno.
🔍 ¿Qué escucharás hoy?
• Empezamos analizando qué significa que el heredero ocupe “el lugar jurídico del difunto” (successio in locum), asumiendo tanto los créditos como las deudas.
• Estudiamos los presupuestos necesarios para heredar: fallecimiento, capacidad del heredero y la protección del nasciturus.
• Explicamos las dos grandes vías sucesorias:
La hereditas civilis, propia del ius civile.
La bonorum possessio pretoria, creada para corregir injusticias y proteger a cognados y emancipados.
• Verás cómo funciona la delación hereditaria, quiénes pueden aceptar, y por qué ciertas categorías de herederos —como los esclavos manumitidos o los sui et necessarii— heredaban automáticamente salvo excepciones.
• Revisamos las distintas formas de aceptación, desde la solemne cretio hasta la gestión tácita (pro herede gestio).
• Uno de los puntos centrales será la confusión hereditaria, que mezclaba los patrimonios del heredero y del difunto, generando graves riesgos económicos.
• Por último, abordaremos los mecanismos de protección que el pretor y Justiniano introdujeron para evitar la ruina del heredero:
La satisdatio suspecti heredis
La separatio bonorum
Y el trascendental beneficium inventarii, que limita la responsabilidad del heredero al valor del activo hereditario.
🎓 Un episodio imprescindible para estudiantes de Derecho, historiadores jurídicos y opositores que deseen comprender cómo nació la estructura sucesoria que sigue presente en nuestros códigos civiles actuales.
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En este episodio de nuestra serie sobre Derecho Romano, abordamos la compleja red jurídica que rodeaba al matrimonio romano, su naturaleza, requisitos y efectos legales. Desde la affectio maritalis como elemento constitutivo, hasta las implicaciones patrimoniales de la dote y los límites a las donaciones entre cónyuges, analizamos cómo el Derecho romano regulaba una de las instituciones más influyentes de su orden social.
🔍 ¿Qué temas abordaremos hoy?
• Qué se entendía por iustum matrimonium y cómo se determinaba la legitimidad de los hijos nacidos dentro de él.
• Requisitos legales: pubertad, capacidad jurídica (ius connubii) y consentimiento efectivo.
• Causas de disolución matrimonial: fallecimiento, esclavitud, y divorcio voluntario.
• El papel del concubinato y el contubernio en la sociedad romana, y los derechos (o su ausencia) de las mujeres y los hijos en estas uniones.
• El régimen económico conyugal: diferencias entre matrimonios con y sin manus, y qué bienes pasaban a formar parte del patrimonio común.
• El concepto, función y clases de la dote: desde su constitución por el paterfamilias hasta su restitución en caso de disolución.
• Los privilegios jurídicos de la mujer para recuperar la dote y los beneficios concedidos al marido para limitar esa devolución.
• Qué bienes quedaban fuera del régimen dotal (parafernales y extradotales) y cómo se gestionaban.
• Las restricciones a las donaciones entre cónyuges y su evolución histórica.
🎓 Este episodio es esencial para comprender cómo el Derecho romano articulaba el matrimonio no solo como unión sentimental, sino como institución jurídica y económica con profundas implicaciones patrimoniales y sociales.
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En este episodio profundizamos en uno de los pilares del Derecho Privado Romano: la organización legal de la familia y el alcance de la patria potestad. El paterfamilias, figura central del Derecho doméstico, ejercía poderes que abarcaban desde la gestión del patrimonio familiar hasta el control jurídico sobre hijos, esposas y esclavos.
🔍 ¿Qué escucharás hoy?
• El origen histórico de la familia romana y su carácter agnaticio.
• La distinción entre familia proprio iure y communi iure.
• Cómo se calculaban líneas y grados de parentesco, esenciales en materia sucesoria.
• El sistema de adquisición y extinción de la patria potestad: nacimiento, adopción, adrogación, conventio in manum, y la emancipación.
• Qué significaba ser alieni iuris o sui iuris en una estructura jurídica familiar.
• La dominica potestas y la institución del patronato tras la manumisión del esclavo.
• El funcionamiento del peculio y cómo afectaba a las relaciones jurídicas entre el hijo o esclavo y terceros.
• Las acciones adyecticias que permitían responsabilizar al paterfamilias por actos de sus sometidos.
• La tutela como institución de protección para impúberes y mujeres, y sus distintas clases y funciones.
• La curatela para personas con capacidad limitada, incluyendo furiosi, pródigos y menores de 25 años.
🎓 Un recorrido completo, narrado con claridad y rigor académico, para entender cómo el Derecho Romano estableció mecanismos de autoridad, protección y responsabilidad dentro de la estructura familiar. Imprescindible para estudiantes de Derecho, opositores, y amantes del Derecho clásico.
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En este episodio nos adentramos en las instituciones jurídicas del Derecho Romano que nacen no de la compraventa o el arrendamiento, sino de la confianza, la amistad, la cortesía o incluso de la gestión espontánea de negocios ajenos. Este capítulo profundiza en cuatro figuras clave: mandato, depósito, fiducia y los cuasicontratos.
🔍 ¿Qué escucharás hoy?
• Empezamos con el mandato, un contrato consensual, bilateral imperfecto y gratuito, donde una persona encarga a otra una gestión lícita. Analizamos su funcionamiento, las acciones judiciales derivadas, y sus particularidades como el mandato post mortem o el mandato de prestar dinero.
• Continuamos con el depósito, contrato real que exige entrega material de la cosa, pero que no transmite propiedad. Estudiamos las obligaciones del depositario, los tipos especiales de depósito (necesario, irregular, secuestro) y cómo Roma protegía al depositante frente al abuso de confianza.
• Después abordamos la fiducia, figura de transmisión formal de propiedad basada en la confianza, ya sea para fines personales o como garantía de crédito. Exploramos su desarrollo técnico, sus implicaciones patrimoniales y las acciones para exigir su cumplimiento.
• Finalmente, entramos en el terreno de los cuasicontratos, obligaciones que surgen sin acuerdo previo:
La gestión de negocios ajenos (negotiorum gestio) y su regulación desde la República.
El enriquecimiento injusto, como principio general de equidad, y las condictiones para restituir lo indebidamente recibido.
🎓 Un episodio esencial para comprender cómo el Derecho Romano no solo protegía pactos explícitos, sino también la buena fe, los actos unilaterales y la justicia natural. Perfecto para estudiantes de Derecho, opositores de judicatura, registros o notaría, y apasionados del derecho clásico.
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En este episodio exploramos dos contratos clave del Derecho Romano que siguen siendo esenciales en nuestro sistema jurídico: el arrendamiento y la sociedad. Descubriremos cómo Roma reguló desde el alquiler de viviendas y la contratación de servicios hasta la ejecución de obras y la formación de empresas entre particulares.
🔍 ¿Qué escucharás hoy?
• Empezamos analizando el arrendamiento (locatio conductio) como contrato consensual, oneroso y de buena fe, centrado en tres modalidades:
– arrendamiento de cosas,
– arrendamiento de servicios,
– arrendamiento de obra.
• Examinamos sus elementos esenciales (consentimiento, cosa/servicio y renta), cómo se entregaba la cosa, qué riesgos asumía cada parte y cuáles eran las obligaciones de arrendador y arrendatario.
• Entramos después en la sociedad (societas), un acuerdo basado en la confianza mutua, la aportación de bienes o trabajo y el reparto de beneficios. Veremos los distintos tipos de sociedades, desde las universales hasta las específicas, las aportaciones posibles, el derecho de veto, la responsabilidad por dolo o culpa y los supuestos de disolución.
• Comentamos las acciones procesales propias:
– la actio locati y actio conducti en el arrendamiento,
– la actio pro socio en la sociedad, con su carácter infamante y su relevancia para la liquidación final.
🎓 Un episodio imprescindible para comprender cómo Roma configuró las bases de los contratos de alquiler, servicios profesionales, obras y sociedades que todavía utilizamos hoy.
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En este episodio profundizamos en uno de los contratos más relevantes y duraderos del Derecho Romano: la compraventa. Desde sus inicios como una evolución natural de la permuta hasta su configuración como contrato consensual y de buena fe, la emptio venditio romana sentó las bases de la compraventa moderna.
🔍 ¿Qué escucharás hoy?
Comenzamos explorando el origen histórico del contrato, su carácter bilateral perfecto y su naturaleza como contrato de Derecho de Gentes, accesible incluso a los peregrinos (extranjeros) con ius commercii.
Analizamos con detalle sus elementos esenciales:
El consentimiento válido y libre de vicios.
La cosa vendida, que podía ser incluso futura, ajena o incorporal.
El precio, que debía consistir en dinero cierto y justo.
Examinamos las obligaciones del vendedor, que no solo debía entregar la cosa sino garantizar la posesión pacífica y responder por evicción y vicios ocultos.
Del lado del comprador, debía pagar el precio y, en su caso, podía ejercer acciones como:
Actio empti (reclamar entrega o indemnización).
Actio redhibitoria (anular la venta por vicios).
Actio quanti minoris (reducir el precio).
Uno de los aspectos más fascinantes del capítulo es el tratamiento del riesgo de pérdida de la cosa: si la cosa perecía antes de ser entregada, pero después de haberse perfeccionado el contrato, el comprador seguía obligado a pagar. Roma establecía así la regla periculum est emptoris.
También abordamos la responsabilidad por evicción, cuando el comprador perdía la cosa a manos del verdadero propietario, y los requisitos procesales que debían cumplirse para obtener indemnización.
Finalmente, exploramos los pactos añadidos al contrato, como la lex commissoria o el pactum de retroemendo, que daban flexibilidad y seguridad a las partes en sus relaciones comerciales.
🎓 Un episodio imprescindible para entender el origen de nuestras normas contractuales y cómo los romanos ya contemplaban cuestiones tan modernas como la indemnización, la pérdida de valor por defectos o la rescisión por lesión.
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En este episodio de nuestro curso de Derecho Romano, exploramos una de las instituciones más fundamentales del Derecho privado: el contrato. Aunque los juristas romanos no lo definieron expresamente, lo trataron con una profundidad y sistematicidad que ha llegado hasta nuestros días.
🔍 ¿Qué escucharás hoy?
El origen y estructura del contrato como fuente de obligaciones in personam. Analizaremos los elementos esenciales del acuerdo: la capacidad jurídica, el consentimiento libre de vicios (error, violencia, dolo), la licitud del objeto y la causa como fundamento y forma del vínculo.
Las clases de contratos según Gayo:
Reales, como el mutuo o comodato.
Verbales, como la stipulatio.
Literales, como los contratos documentados.
Consensuales, como la compraventa, sociedad, mandato y arrendamiento.
La responsabilidad contractual en Roma, que se construía en torno al:
Dolo, entendido como engaño deliberado y sancionable.
Culpa, es decir, negligencia simple o grave (culpa levis/lata).
Mora, el retraso imputable que, en el caso del deudor, le hacía asumir incluso los daños por fuerza mayor.
La especial responsabilidad por custodia que asumían quienes se beneficiaban de la tenencia de una cosa (como los caupones u hosteleros), incluso sin culpa, salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito.
🌪️ Si el deudor retrasaba su cumplimiento (mora), cualquier desastre posterior (como una tormenta o incendio) no lo eximía de responder. Pero si el daño era imprevisible y él había cumplido en tiempo, podía quedar libre de responsabilidad. Esta distinción entre casus y vis maior se mantiene viva hoy en nuestros códigos civiles.
📚 Una lección fundamental para entender la estructura del contrato moderno y su regulación. Especialmente útil para estudiantes de Derecho, UNED, opositores de judicatura, registros o notaría.
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En este episodio del curso de Derecho Romano nos adentramos en la dinámica jurídica del crédito, la palabra dada y el uso de bienes ajenos. Analizamos cómo los romanos construyeron un sistema de obligaciones basado en la solemnidad de la forma: lo dicho obligaba, lo escrito comprometía, y lo entregado generaba responsabilidad.
🔍 ¿Qué escucharás hoy?
Las obligaciones verbales, como la sponsio (contrato arcaico y exclusivo de ciudadanos romanos) y, sobre todo, la stipulatio, que fue el instrumento más versátil del sistema jurídico romano. Se explica su estructura, condiciones, extinción (acceptilatio) y las acciones judiciales para su tutela.
Las obligaciones literales, como los chirographa (documentos firmados por el deudor) y syngrapha (bilaterales), así como la transcriptio nominum en los libros contables.
Los diferentes tipos de préstamos:
Mutuo: préstamo de consumo unilateral y gratuito.
Fenus nauticum: préstamo marítimo de alto riesgo y alto interés.
Comodato: préstamo de uso, con obligación de devolver el mismo bien, protegido por la actio commodati.
Prenda (pignus): garantía real que genera obligaciones para ambas partes, con acciones específicas para cada incumplimiento.
🛠️ En este capítulo se utiliza una útil comparación práctica:
El mutuo es como una materia prima que se entrega para ser usada y devuelta por otra equivalente.
El comodato es como una herramienta que se presta y debe devolverse sin alterar.
La prenda es dejar esa herramienta en manos del acreedor hasta que se pague la deuda.
🎯 Reflexionamos sobre cómo estas formas jurídicas no solo sirvieron para ordenar las relaciones económicas en Roma, sino que sentaron las bases de nuestros contratos modernos de préstamo, crédito, depósito y garantía.
🎓 Ideal para estudiantes de Derecho, UNED, opositores o profesionales que quieran revisar conceptos clave con enfoque histórico y práctico.
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En este nuevo episodio del curso de Derecho Romano abordamos la evolución del concepto de delito, desde la venganza privada hasta la configuración de un sistema de acciones penales individuales y procesos públicos que han influido decisivamente en el derecho penal y civil contemporáneo.
🔍 ¿Qué escucharás hoy?
La distinción entre delitos privados y públicos, con consecuencias procesales y jurisdiccionales diferentes.
El análisis detallado del hurto (furtum) como figura central del ius civile, con sus múltiples variantes y sus acciones correspondientes.
El estudio de los daños injustamente causados (damnum iniuria datum) y la respuesta legal articulada por la Lex Aquilia.
La regulación de las lesiones físicas y morales (iniuria) y la intervención del pretor mediante la actio iniuriarum.
Las figuras clave del ius honorarium, como:
Metus: coacción, protegida por la actio quod metus causa.
Dolo: fraude malicioso, perseguido por la actio doli.
🔑 Reflexión útil:
El Derecho Romano entendió que un delito no solo debía castigarse: debía resarcirse, restituirse y restaurar la paz jurídica. Por ello, su enfoque era tanto represivo como reparador, anticipándose a nociones actuales de responsabilidad civil y penal.
🎧 Un episodio fundamental si estás preparando oposiciones, cursando Derecho, o simplemente quieres conocer cómo Roma sentó las bases del derecho sancionador moderno.
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En este episodio del curso de Derecho Romano nos centramos en una de las figuras clave del derecho privado: la obligación, entendida como el vínculo jurídico que ata al deudor frente al acreedor para cumplir una determinada prestación. Esta institución evolucionó desde sus orígenes arcaicos hasta consolidarse como eje central del derecho patrimonial.
🔍 ¿Qué vamos a estudiar hoy?
Definición y evolución del concepto de obligación, desde el ligare latino hasta la noción clásica de Justiniano.
Las fuentes de las obligaciones, pasando por la clasificación de Gayo (contrato y delito) hasta la más desarrollada de Justiniano (contratos, cuasi-contratos, delitos, cuasi-delitos).
El contenido de la prestación: dar, hacer o responder, y sus requisitos.
La clasificación de obligaciones según diversos criterios: civiles, naturales, específicas, solidarias, facultativas…
La transmisión y extinción, incluyendo figuras como la novatio, la acceptilatio, la prescripción, o la compensación.
Las garantías personales, desde la fideiussio con sus beneficios de excusión y división, hasta las arras y la cláusula penal (estipulación condicionada al incumplimiento).
🔑 Metáforas útiles:
La obligación en Roma era como una cuerda jurídica entre dos personas: el acreedor sujetaba el otro extremo, y podía tirar de él si no se cumplía la promesa. Y como toda cuerda, podía reforzarse con un nudo (una fianza), un sello (unas arras), o una amenaza (una cláusula penal).
🎧 Este episodio es esencial para quienes deseen comprender cómo Roma articuló el sistema de deberes jurídicos y garantías que ha influido directamente en nuestras legislaciones civiles actuales.
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En este episodio del curso de Derecho Romano abordamos uno de los aspectos más técnicos y vigentes del derecho de obligaciones: los derechos reales de garantía. Estas instituciones permitían que una persona afectara un bien como garantía del cumplimiento de una deuda, dando al acreedor herramientas legales para proteger su crédito sin necesidad de recurrir a la propiedad del bien.
🔍 ¿Qué exploraremos en este capítulo?
La prenda (pignus), que implica la entrega de la cosa al acreedor, y los diversos pactos accesorios: derecho de venta (pactum de vendendo), comisión (lex commissoria), y anticresis (pactum antichreticum).
Las acciones que protegían al deudor y al acreedor: actio pigneraticia, actio contraria, actio furti y los interdictos posesorios.
La hipoteca (hypotheca), donde el deudor mantiene la posesión del bien, y que permite la existencia de múltiples garantías sobre el mismo objeto.
La aparición de las hipotecas legales y tácitas, especialmente en casos de tutela, arrendamientos o intereses públicos.
El principio “antes en el tiempo, mejor en derecho” (prior in tempore potior in iure), clave para entender cómo se organiza la preferencia entre acreedores.
Las situaciones de subrogación y cambio de prioridad (ius offerendi), que permitían reorganizar las cargas cuando un acreedor posterior pagaba al anterior.
🧠 Este episodio te ayudará a comprender el origen histórico de conceptos como la hipoteca inmobiliaria actual o la ejecución preferente de créditos. Lo hacemos con ejemplos accesibles y analogías claras.
🔑 Metáfora clave:
La prenda es como entregar las llaves del coche al prestamista.
La hipoteca es conducir con una marca legal sobre el coche.
Y la prioridad hipotecaria es el orden en que los acreedores hacen fila para cobrar si vendes el vehículo.
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En este nuevo episodio del curso de Derecho Romano nos adentramos en una categoría fundamental del derecho de cosas: los derechos reales en cosa ajena. Estos derechos permiten a una persona aprovechar total o parcialmente un bien sin ser su propietario, y suponen una limitación directa al pleno dominio del dueño.
🔍 ¿Qué vas a descubrir en este episodio?
Las servidumbres prediales, que permiten el paso, el uso del agua o el desagüe sobre un fundo vecino, regidas por principios como la indivisibilidad o la accesión al fundo.
El usufructo, que otorga el uso y disfrute de los bienes ajenos, respetando su integridad, y con derecho a los frutos naturales y civiles.
Los derechos más personales: uso y habitación, que permiten aprovechar una cosa o vivienda ajena, sin poder explotarla económicamente.
Los derechos casi-propietarios: enfiteusis y superficie, que confieren facultades amplísimas sobre fundos y edificaciones ajenas a cambio de un canon o renta.
Las distintas formas de constitución (legado, adjudicación, prescripción, deductio), su defensa procesal mediante acciones reales e interdictos, y sus causas de extinción, desde el no uso hasta la confusión de titularidades.
🧠 A través de esta estructura, comprenderás cómo el Derecho Romano articuló un sistema equilibrado y eficaz para proteger el uso legítimo de las cosas por parte de terceros, sentando así las bases de muchas figuras jurídicas modernas.
🎧 Este episodio es imprescindible si estás estudiando Derecho romano, preparando oposiciones o quieres comprender la lógica del derecho real desde su origen histórico.
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En este nuevo episodio del curso de Derecho Romano, nos adentramos en una de las materias más técnicas y fascinantes del derecho de cosas: los modos de adquirir la propiedad. Roma desarrolló un sistema preciso y estructurado para regular cómo una persona podía convertirse en dueña de un bien, según su origen, su estatus jurídico y las características de la cosa.
🔍 ¿Qué abordamos hoy?
Comenzamos diferenciando entre modos originarios (la propiedad surge de la nada) y modos derivativos (la propiedad se transfiere desde otro titular).
Estudiamos figuras como:
Ocupación y tesoro: apropiación de bienes sin dueño.
Accesión: integración física y jurídica de cosas accesorias.
Especificación: creación de una cosa nueva con materiales ajenos.
Frutos: formas de adquirirlos y efectos de la buena o mala fe.
Usucapión: conversión de la posesión prolongada en propiedad civil.
Mancipatio e In Iure Cessio: rituales solemnes del ius civile.
Traditio: la entrega como forma general de traspaso.
Addictio: adjudicaciones judiciales y extrajudiciales.
🗝️ Imagina los modos de adquisición como puertas de entrada al castillo de la propiedad:
Ocupación es como encontrar una entrada secreta sin guardias.
Usucapión es como quedarte tanto tiempo en la casa que terminas siendo dueño legal.
Mancipatio es la puerta ceremonial, y traditio es la entrada común pero válida para todos.
Este episodio es clave para comprender cómo el derecho romano sentó las bases del sistema de propiedad y transmisión patrimonial que aún influye en nuestras legislaciones actuales.
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En este episodio de nuestro curso sobre Derecho Romano profundizamos en la propiedad (dominium), entendida por los juristas romanos como el derecho más pleno sobre una cosa. Sin embargo, este poder absoluto estaba sujeto a límites, tanto por derechos ajenos como por el interés colectivo, lo que generó un sistema muy elaborado de clasificación y protección jurídica.
🔍 ¿Qué trataremos hoy?
Comenzamos con la terminología clásica (mancipium, dominium, proprietas) y el contenido del derecho de propiedad, desde el uso (uti) hasta la disposición total (habere et possidere).
Estudiamos las distintas formas de propiedad reconocidas en Roma:
Quiritaria, la forma más plena, exclusiva de ciudadanos romanos.
Pretoriana, protegida por el magistrado aunque incompleta.
Peregrina y provincial, aplicadas a extranjeros y tierras del Estado.
Explicamos las limitaciones legales y voluntarias de la propiedad: desde la altura de los edificios hasta el uso público de las riberas o la obligación de permitir el paso.
Abordamos la acción reivindicatoria, el proceso clave para recuperar una cosa poseída por otro, con sus efectos sobre frutos, daños y gastos.
Incluimos también otras acciones relevantes como la acción negatoria, la acción Publiciana y los interdictos de vecindad.
Por último, analizamos el condominio, sus reglas, conflictos y formas de extinción.
🧠 Para facilitar la comprensión, incorporamos analogías como la “llave dorada” de la propiedad quiritaria, o las “ordenanzas invisibles” que limitaban el uso del bien por razones públicas.
Este episodio te proporcionará una visión completa, didáctica y rigurosa sobre cómo el Derecho Romano concebía y protegía el derecho de propiedad.
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📚 Materiales de apoyo y resumen del capítulo en la descripción.
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En este segundo episodio del curso de Derecho Romano exploramos dos nociones esenciales del derecho patrimonial: la cosa (res) y la posesión (possessio). A través del análisis de sus clasificaciones, requisitos y mecanismos de defensa, descubriremos cómo se organizaba el derecho de cosas en la Roma clásica y qué herramientas procesales ofrecía el pretor para proteger a los poseedores.
Durante el episodio abordamos:
La definición jurídica de “cosa” y su clasificación: corporales/incorporales, divisibles/indivisibles, fungibles/no fungibles, entre otras.
La diferenciación entre cosas dentro o fuera del comercio, y entre res mancipi y res nec mancipi, elementos clave del derecho civil romano.
La posesión como hecho protegido por el ordenamiento, independientemente del derecho de propiedad. Veremos la posesión natural, civil e interdictal, y cómo se protegía mediante la actio Publiciana.
El papel del pretor en la defensa interdictal de la posesión, a través de interdictos como uti possidetis, utrumi, unde vi, de precario, o quorum bonorum.
La noción de cuasi posesión, que permitía extender la protección interdictal más allá de los bienes corporales.
Este episodio está diseñado para reforzar tus conocimientos de Derecho Romano con un enfoque claro, narrativo y estructurado. Ideal para estudiantes, docentes, opositores y entusiastas del derecho comparado.
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En este primer episodio de nuestro podcast sobre Derecho Romano, abordamos uno de los pilares del sistema jurídico romano: el proceso. Desde las solemnes y rígidas acciones de la ley hasta el proceso extraordinario del Bajo Imperio, analizamos cómo evolucionó el procedimiento judicial y qué implicaciones tuvo para los ciudadanos romanos y el sistema de justicia.
Durante el episodio descubrirás:
Qué eran la iurisdictio, la actio o la exceptio, y cómo funcionaban dentro del proceso.
Los medios que el pretor tenía para proteger derechos, más allá de las acciones, como los interdicta o la restitutio in integrum.
Cómo se clasificaban las acciones: reales vs. personales, civiles vs. honorarias, penales vs. reipersecutorias, etc.
Las fases del proceso: desde la in iure ante el magistrado, hasta la apud iudicem ante el juez.
Qué cambió con la llegada del proceso formulario y, finalmente, con el proceso extraordinario que concentraba todo el juicio ante un único magistrado.
Este episodio está diseñado para ayudarte a comprender el Derecho Romano de forma clara, ordenada y rigurosa, ideal si eres estudiante de Derecho, opositor o simplemente te interesa conocer las raíces históricas del derecho actual.
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